El 22 de febrero del 2017 el Juzgado Mixto de Nauta, en el marco de un proceso cautelar, ordenó al Ministerio de Salud (Minsa) que en el plazo de 30 días diseñe e implemente una política pública de atención a los afectados por el derrame de petróleo, de 2.500 barriles de petróleo en la Quebrada de Cuninico, en junio del año 2014.
La jueza de Nauta ordenó la vigilancia epidemiológica, para los afectados por los derrames, lo que implica exámenes toxicológicos, epidemiológico y clínico a cada uno de los miembros de las cuatro comunidades nativas demandantes: Cuninico, Nueva Esperanza, San Francisco y Nueva Santa Rosa.
El problema es que el Minsa y la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de Loreto pretenden solo hacer análisis de "metales pesados" a las comunidades nativas de Cuninico y San Pedro, a pesar que la orden judicial de Nauta era que se atiende a todas las comunidades nativas que presentaron la demanda de cumplimiento, es decir las comunidades de Nueva Esperanza, San Francisco y Nueva Santa Rosa.
Esto se puede advertir si se revisa los planes de atención de salud, que la semana pasada el Minsa y la Diresa presentaron en Cuninico. A Cuninico y San Pedro se les hará análisis de metales pesados. A las demás comunidades solo se les implementará "planes de atención integral", pues no se hace referencia a análisis de metales pesados.
Es decir, a las comunidades San Francisco, Nueva Esperanza y Nueva Santa Rosa, no se les hará exámenes de metales pesados, que es la herramienta idónea para casos de derrames.
En el fondo, el Minsa y la Diresa Loreto se resisten a dar cumplimiento a lo que la jueza de Nauta ha ordenado. Esta voluntad de cumplimiento parcial o incumplimiento, ya fue advertida por la jueza en la resolución que declara infundado el recurso de oposición presentado por Minsa contra la resolución que ordena la medida cautelar.